back to top
Sábado, 21 Septiembre, 2024
InicioNoticiasGOBIERNO PROMULGÓ LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO DEL 100 % DE LA...

GOBIERNO PROMULGÓ LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO DEL 100 % DE LA CTS

Con firmas de la mandataria Dina Boluarte y el titular de la PCM, Gustavo Adrianzén, se autorizó el retiro del 100 % del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024.

El Gobierno promulgó este viernes, 17 de mayo, la Ley 32027, que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100 % del monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Ello, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica.

¿CUÁNTAS VECES SE PUEDE ACCEDER AL RETIRO DE CTS 2024 Y HASTA CUÁNDO?

El Artículo único de la norma autoriza el retiro por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿CUÁNTOS DÍAS TIENE EL EJECUTIVO PARA APROBAR EL REGLAMENTO DEL RETIRO DE CTS 2024?

En la Disposición complementaria final se precisa que el Poder Ejecutivo cuenta con un plazo máximo de 10 días calendario para aprobar el reglamento de la presente ley que permite el retiro de la CTS, el cual se contará desde su entrada en vigor; es decir, un día después de su promulgación.

¿QUIÉNES SE BENEFICIAN CON LA APROBACIÓN DEL RETIRO DE CTS 2024?

Lo beneficiarios de la norma que autoriza la libre disposición del 100% de la CTS son todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que, además, cumplan con una jornada mínima de cuatro horas diarias.

Asimismo, quienes laboran en el régimen agrario y no cobran este beneficio en su remuneración o las trabajadoras del hogar estarán habilitados para realizar el retiro.

¿QUIÉNES QUEDAN EXCLUIDOS DE BENEFICIARSE DEL RETIRO DE CTS 2024?

En tanto, no tienen derecho a acceder a los beneficios de la norma los trabajadores que laboran menos de cuatro horas al día o los que reciben una remuneración anual integral.

Del mismo modo, están excluidos los trabajadores que pertenecen al régimen laboral agrario y han decidido incorporar el cobro de su CTS en conjunto con su remuneración.

ESCRÍBENOS

spot_img

ÚLTIMOS AUDIOS